¿Se espera que la medida (i) dé lugar a un aumento significativo de la generación, incineración o eliminación de residuos, excepto la incineración
de residuos peligrosos no reciclables; o (ii) genere importantes ineficiencias en el uso directo o indirecto de recursos naturales en cualquiera de las
fases de su ciclo de vida, que no se minimicen con medidas adecuadas; o (iii) dé lugar a un perjuicio significativo y a largo plazo para el medio
ambiente en relación a la economía circular ?
Considerando que algunas de las medidas incluidas en esta inversión, comprenden la mejora y modernización de infraestructuras y la
construcción de una nueva infraestructura fitogenética, se adoptarán todas las medidas necesarias para evitar que los residuos de construcción y
demolición sean una cuestión relevante. En concreto:
(i) Al menos el 70% (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluido el material natural mencionado en la categoría
17 05 04 en la Lista europea de residuos establecida por la Decisión 2000/532 / EC) generados, en las actuaciones previstas en esta inversión, será
preparado para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir
otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
(ii) Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el
Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas disponibles y utilizando la
demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad
mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
(iii) Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad en lo referido a la norma ISO 20887 para evaluar la
capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más eficientes en el uso de los recursos,
adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y el reciclaje.
Asimismo, los proyectos financiados que impliquen demolición practicarán una demolición selectiva (separando materiales).
Por otro lado, cuando sea factible, se utilizarán equipos y componentes de alta durabilidad y reciclabilidad y fáciles de desmontar y
reacondicionar.
En relación con aquellas medidas incluidas en esta inversión referidas al equipamiento, se destaca que los equipos utilizados cumplirán con los
requisitos de eficiencia de materiales establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125 / EC para servidores y almacenamiento de datos, u
ordenadores y servidores de ordenadores o pantallas electrónicas. Los equipos no contendrán las sustancias restringidas enumeradas en el anexo
II de la Directiva 2011/65 / UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados en
dicho anexo.
Al final de su vida útil, el equipo se someterá a una preparación para operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento
adecuado, incluida la eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el Anexo VII de la Directiva 2012/19 / UE.
Para el PERTE Chip, De cara a garantizar que las actuaciones del PERTE contribuyen a la transición hacia una economía circular, se seguirán los
criterios del Reglamento Delegado de Taxonomía para los objetivos climáticos, en particular, pudiendo buscar una adecuación a las tecnologías
facilitadoras descritas en el punto 3.6 del anexo como Fabricación de otras tecnologías hipocarbónicas, además de seguirse otros criterios
genéricos recogidos en dicho reglamento delegado que fueran de aplicación. A este respecto, se citan algunos aspectos del PERTE Chip que