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Submedida Asociada
Observacións Subproxecto
Descrición
Decisor
Medida
Compoñente
Descrición Medida
C17.I06.P03.SI45.S01
1T/2021
2T/2026
C17.I06a - PERTE Salud de Vanguardia
SE HA CREADO, A SU VEZ, UNA ACTUACIÓN CON EL INSTRUMENTO JURÍDICO
(CONVENIO) POR EL IMPORTE DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS A LA UNIVERSIDAD DE
SUBPROYECTO ANIDADO DEL PROYECTO PMP21/00051 Universidad Santiago Compostela
E0S071301 - Ministerio de Ciencia e
Innovación
Salud. Se pondrá en marcha un proyecto emblemático de salud personalizada de precisión con el fin de mejorar la salud de la población española, empleando como vector el
conocimiento científico y la innovación. Esta inversión se dedica al PERTE de Salud de Vanguardia con el fin de mejorar la salud de la población española, empleando como
vector el conocimiento científico y la innovación, y contribuyendo a mejorar la competitividad económica del país. Incluye el refuerzo e internacionalización del Sistema
Nacional de Salud en su conjunto, el refuerzo de las capacidades industriales en el sector salud, entre otras iniciativas.
C17.I06.P03.SI45 - FUNDACION INVESTIGACION BIOMEDICA HOSPITAL
GREGORIO MARAÑON
Proxecto
Descrición da Decisión de Execución do Consello (CID)
Inversión 6 (C17.I6): Salud
El objetivo de esta inversión es fomentar el desarrollo de la investigación y la innovación en el sector sanitario. La medida incluye las siguientes líneas de acción específicas:
1. inversión en terapias avanzadas, medicamentos emergentes y medicina personalizada,
2. medidas para fortalecer las capacidades estratégicas e internacionalización del Sistema Nacional de Salud,
3. acciones de apoyo a las capacidades de lucha contra las enfermedades infecciosas y las amenazas mundiales del Instituto de Salud Carlos III, en particular el Centro Nacional de Microbiología, el Centro Nacional de Epidemiología y la
Escuela Nacional de Medicina Laboral y la Escuela Nacional de Salud,
4. participación en el proyecto plurinacional «The Genome of Europe», en el marco de la iniciativa «1 Million Genomes»,
5. medidas de refuerzo de las capacidades vinculadas a la investigación en enfermedades infecciosas, otras amenazas globales a la salud y el envejecimiento,
6. acciones en el marco del PERTE de Salud de Vanguardia: i) fortalecimiento e internacionalización de las capacidades industriales en el sector sanitario mediante el apoyo a la participación española en proyectos plurinacionales de
I+D+i, ii) respaldo de la investigación y el desarrollo en lo que respecta al diagnóstico de enfermedades raras, iii) apoyo a la I+D+i en el ámbito de la medicina personalizada de precisión, iv) desarrollo de una Plataforma de Proteómica
y Metabolómica en el Instituto de Salud Carlos III (ISCIII),
7. v) actualización, ampliación y mejora de la infraestructura de biovigilancia humana del ISCIII, y vi) desarrollo y mejora de las Unidades de Investigación Clínica Orientadas al Paciente, y
8. 5) la parte no reembolsable de los préstamos al sector de la salud, como complemento de la inversión C17.I10 (préstamos a los sectores sanitario y aeroespacial).
Las acciones en el marco de esta inversión se llevarán a cabo mediante convocatoria de propuestas, inversiones públicas y privadas de capital riesgo e inversión pública directa.
La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 31 de agosto de 2026.
DNSH CheckList
1.- Mitigación del cambio climático
¿Se espera que la medida genere emisiones importantes de gases de efecto invernadero?
Esta inversión engloba un conjunto de medidas para impulsar las actividades de I+D+I y su transferencia en un ámbito concreto: el de la salud.
Considerando que algunas de las medidas incluidas se refieren a equipamientos, se adoptarán todas las medidas necesarias para evitar emisiones
significativas de GEI a la atmósfera.
En concreto, los equipos que se utilicen cumplirán con los requisitos relacionados con el consumo energético establecidos de acuerdo con la
Directiva 2009/125 / EC para servidores y almacenamiento de datos, o computadoras y servidores de computadoras o pantallas electrónicas.
Para la instalación de las infraestructuras IT, se seguirá la versión más reciente del Código de conducta europeo sobre eficiencia energética de
centros de datos, o en el documento CEN-CENELEC CLC TR50600-99-1 "Instalaciones e infraestructuras de centros de datos - Parte 99-1 : Prácticas
recomendadas para la gestión energética .
Además, con carácter general, las convocatorias que se lancen incluirán una referencia específica a que no se subvencionarán o ayudarán aquellas
actividades que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento
(UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 (Reglamento de Taxonomía). El solicitante, asumirá, además, como
obligación propia durante la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicar significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el
artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852.
Por otro lado, en aquellas medidas de coinversión o inversión de capital, se atenderá a la guía de sostenibilidad.
Obxectivo Ambiental:
Avaliación DNSH
Evaluación Sustantiva
2.- Adaptación al cambio climático
¿Se espera que la medida dé lugar a un aumento de los efectos adversos de las condiciones climáticas actuales y de las previstas en el futuro,
sobre sí misma o en las personas, la naturaleza o los activos?
Considerando que algunas de las medidas incluidas se refieren a equipamientos, se adoptarán todas las medidas necesarias para evitar un
perjuicio significativo en este objetivo.
En concreto, se realizará una evaluación del riesgo climático y de la vulnerabilidad de las instalaciones de infraestructuras e IT y en su caso, se
establecerán las soluciones de adaptación adecuadas para cada caso.
Además, con carácter general, las convocatorias que se lancen incluirán una referencia específica a que no se subvencionarán o ayudarán aquellas
actividades que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento
(UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 (Reglamento de Taxonomía). El solicitante, asumirá, además, como
obligación propia durante la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicar significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el
artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852.
Obxectivo Ambiental:
Avaliación DNSH
Evaluación Sustantiva
3.- Utilización y protección sostenibles de los
recursos hídricos y marinos
No se espera que las actuaciones previstas en esta inversión tengan efectos significativos sobre el buen estado o del buen potencial ecológico de
las masas de agua, incluidas las superficiales y subterráneas, o el buen estado ecológico de las aguas marinas. Por ello, tiene un impacto nulo poco
significativo en protección sostenible de los recursos hídricos y marinos en todo su ciclo de vida.
En cualquier caso, las convocatorias que se lancen incluirán una referencia específica a que no se subvencionarán o ayudarán aquellas actividades
que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852
del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 (Reglamento de Taxonomía). El solicitante, asumirá, además, como obligación
propia durante la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicar significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17
del Reglamento (UE) 2020/852.
Obxectivo Ambiental:
Avaliación DNSH
Evaluación Sustantiva
4.- Economía circular, incluidos la prevención
y el reciclado de residuos
¿Se espera que la medida (i) dé lugar a un aumento significativo de la generación, incineración o eliminación de residuos, excepto la incineración
de residuos peligrosos reciclables; (ii) genere no o importantes ineficiencias en el uso directo o indirecto de recursos naturales en cualquiera de las
fases de su ciclo de vida, que no se minimicen con medidas adecuadas; o (iii) dé lugar a un perjuicio significativo y a largo plazo para el medio
ambiente en relación a la economía circular ?
Considerando que algunas de las medidas incluidas en esta inversión, comprenden la construcción de instalaciones, se adoptarán todas las
medidas necesarias para evitar que los residuos de construcción y demolición sean una cuestión relevante. En concreto:
(i) Al menos el 70% (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluido el material natural mencionado en la categoría
17 05 04 en la Lista europea de residuos establecida por la Decisión 2000/532 / EC) generados, en las actuaciones previstas en esta inversión, será
preparado para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir
otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
(ii) Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el
Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas disponibles y utilizando la
demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad
mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
(iii) Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad en lo referido a la norma ISO 20887 para evaluar la
capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más eficientes en el uso de los recursos,
adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y el reciclaje.
Asimismo, los proyectos financiados que impliquen demolición practicarán una demolición selectiva (separando materiales).
Por otro lado, cuando sea factible, se utilizarán equipos y componentes de alta durabilidad y reciclabilidad y fáciles de desmontar y
reacondicionar.
Asimismo, los proyectos financiados que impliquen demolición practicarán una demolición selectiva (separando materiales). Por otro lado,
cuando sea factible, se utilizarán equipos y componentes de alta durabilidad y reciclabilidad y los equipos utilizados cumplirán con los requisitos
de eficiencia de materiales establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125 / EC para servidores y almacenamiento de datos, u ordenadores y
servidores de ordenadores o pantallas electrónicas. Los equipos no contendrán las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de la
Directiva 2011/65 / UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho
anexo.
los equipos utilizados cumplirán con los requisitos de eficiencia de materiales establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125 / EC para
servidores y almacenamiento de datos, u ordenadores y servidores de ordenadores o pantallas electrónicas. Los equipos no contendrán las
sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65 / UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en
materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo.
Obxectivo Ambiental:
Avaliación DNSH
Evaluación Sustantiva
5.- Prevención y control de la contaminación
a la atmósfera, el agua o el suelo
¿Se espera que la medida dé lugar a un aumento significativo de las emisiones de contaminantes a la atmósfera, el agua o el suelo?
De igual manera que ocurre con las emisiones GEI, no se espera que las medidas incluidas en esta inversión den lugar a un aumento significativo
de las emisiones de contaminantes a la atmósfera, el agua o el suelo.
Si bien, considerando la existencia de obras, se destaca que los componentes y materiales de construcción utilizados en el desarrollo de las
actuaciones previstas en esta medida no contendrán amianto ni sustancias muy preocupantes identificadas a partir de la lista de sustancias
sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2006.
Además, se adoptarán medidas para reducir el ruido, el polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las
actuaciones asociadas a esta medida siempre cumpliendo la normativa de aplicación vigente en cuanto la posible contaminación de suelos y agua.
En cualquier caso, las convocatorias que se lancen incluirán una referencia específica a que no se subvencionarán o ayudarán aquellas actividades
que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852
del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 (Reglamento de Taxonomía). El solicitante, asumirá, además, como obligación
propia durante la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicar significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17
del Reglamento (UE) 2020/852.
Obxectivo Ambiental:
Avaliación DNSH
Evaluación Sustantiva
6.-Protección y restauración de la
biodiversidad y los ecosistemas
¿Se espera que la medida (i) vaya en gran medida en detrimento de las buenas condiciones y la resiliencia de los ecosistemas; o (ii) vaya en
detrimento del estado de conservación de los hábitats y las especies, en particular de aquellos de interés para la Unión?
Considerando que esta inversión incluye medidas relativas a instalaciones de infraestructuras e IT, se garantizará que las instalaciones de
infraestructuras e IT no afectarán negativamente a las buenas condiciones y la resiliencia de los ecosistemas, tampoco al estado de conservación
de los hábitats y las especies, en particular los espacios de interés de la Unión. Por ello cuando sea preceptivo, se realizará la Evaluación de
Impacto medioambiental, de acuerdo con lo establecido en la Directiva 2011/92/EU.
Considerando que esta inversión incluye medidas relativas a instalaciones de infraestructuras e IT, se garantizará que las instalaciones de
infraestructuras e IT no afectarán negativamente a las buenas condiciones y la resiliencia de los ecosistemas, tampoco al estado de conservación
de los hábitats y las especies, en particular los espacios de interés de la Unión. Por ello cuando sea preceptivo, se realizará la Evaluación de
Impacto medioambiental, de acuerdo con lo establecido en la Directiva 2011/92/EU.
Obxectivo Ambiental:
Avaliación DNSH
Evaluación Sustantiva
Etiquetado Verde e Dixital
C17.I06a - n/a - No aplica campo de intervención
0
0
C17.I06a - n/a - No aplica campo de intervención
0
Obxectivo Climático:
%Contribución Climática:
%Contribución Ambiental:
Contribución do compoñente á transición ecolóxica (apartado 6 do documento compoñente):
Mecanismo Verificación Climatico (Regulamento UE 2021/241 do Parlamento Europeo):
Obxectivo Dixital:
%Contribución Dixital:
Contribución do compoñente á transición dixital (apartado 7 do documento compoñente):
Mecanismo Verificación Dixital (Regulamento UE 2021/241 do Parlamento Europeo):
Fitos e Obxectivos
C17.I06.P03.SI45.S01.OBC01
Obxectivo Crítico
268 - Finalización de todos los proyectos destinados a reforzar el desarrollo de la investigación y la
innovación en el sector sanitario
Documento de síntesis que justifique debidamente cómo se ha cumplido el objetivo (incluyendo los elementos pertinentes del objetivo, tal y como se enumeran en la descripción del objetivo y de la medida
correspondiente en el anexo de la CID).
Este documento incluirá como anexo una hoja de cálculo con la siguiente documentación:
Una lista de los proyectos adjudicados y para cada uno de ellos: a) nombre del proyecto e identificador único (número o código), b) el nombre de la convocatoria,
c) el presupuesto total adjudicado o el presupuesto total de la inversión pública directa (sin IVA), y d) una lista de la publicación de las adjudicaciones en el BOE o en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de
España, con los enlaces correspondientes al BOE o a la Base de Datos Nacional de Subvenciones de
España. Sobre la base de la muestra que seleccionará la Comisión, se presentarán las siguientes pruebas documentales para cada uno de los proyectos seleccionados:
a) el nombre, la ubicación y una breve descripción;
b) extractos relevantes de las actividades técnicas/científicas realizadas; c) el tipo de proyecto; y d) una copia del certificado de finalización de las actividades emitido de acuerdo con la legislación nacional para las
adjudicaciones o, en caso de inversiones públicas directas, un certificado de finalización del representante legal de las entidades de acuerdo con la legislación nacional o los procedimientos internos.
El documento de síntesis también incluirá como anexo pruebas sobre la coinversión en un vehículo de inversión público- privado o las coinversiones en empresas de terapias avanzadas, incluida la lista de empresas
que han recibido capital en el marco del vehículo de inversión o las empresas de coinversión, incluyendo para cada una de ellas: a) una breve descripción de la empresa de investigación;
b) especificaciones técnicas de la inversión en la empresa, incluida la forma jurídica y el importe, y c) copia del
certificado de finalización.
Localizador Fito/Obxectivo
Tipo
Data Cumprimento
Nome
Observacións
Mecanismo Verificación
Indicadores asociados
Tipo
Denominación
Valor Base
Valor Obxectivo
Unidade Medida
Indicador
Subp.
Act.
IND001268
Cuantitativo
Finalización de todos los proyectos destinados a reforzar el desarrollo de la investigación y la
innovación en el sector sanitario
0,000
0,024
%
IND001268a
Cuantitativo
Proyectos finalizados
0,00000000
0,12540000
Millones EUR
IND001268b
Cuantitativo
Total de proyectos adjudicados
527,12600000
527,12600000
Millones EUR