Consecución de un aumento a fecha 31 de diciembre de 2023 del «Índice de digitalización de las Universidades» de al menos un 10 % desde 2019 respecto del sistema
universitario en su conjunto, conforme a lo establecido en el Real Decreto 641/2021, de 27 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades
públicas españolas para la modernización y digitalización del sistema universitario español en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Inversión 5 (C21.I5): Mejora de infraestructuras, el equipamiento, las tecnologías, la docencia y la evaluación digitales universitarios
Esta inversión incluye una serie de medidas destinadas a mejorar las capacidades y competencias tecnológicas y digitales de las universidades. Entre ellas cabe citar la inversión en recursos e infraestructuras pedagógicos digitales, como redes de
servidores de almacenamiento de datos en nube, la ciberseguridad y la incorporación de tecnologías en las aulas para facilitar los cursos en línea; así como las inversiones en formación digital para el personal académico y el estudiantado.
Las acciones de inversión mejorarán el desarrollo tecnológico y los recursos digitales en apoyo de los servicios de enseñanza digital. Se prestará apoyo a las infraestructuras centralizadas y a los servicios TIC, poniendo el énfasis en las redes de
fibra óptica y en un despliegue eficiente de servicios de TIC, basado en las economías de escala y en la interoperabilidad. Entre los objetivos clave cabe citar el de que la inversión se destine a reducir la brecha digital entre el personal académico y
el estudiantado con el fin de mejorar los servicios y equipos para la enseñanza a distancia. Otros objetivos incluyen la inversión en el fomento de proyectos de innovación digital interuniversitarios que puedan ampliarse y reproducirse a mayor
escala, y el apoyo a la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para potenciar las oportunidades de educación superior en las zonas despobladas.
El objetivo será supervisar y difundir, a través del sitio web del Ministerio de Universidades, la evolución del «Índice de Digitalización de las Universidades», a fin de que en 2023 ese índice se haya incrementado en un 10 %, como mínimo,
respecto del sistema universitario en su conjunto, frente al índice de 2019. Este índice deberá tener en cuenta distintos parámetros, en particular, la gestión (como por ejemplo, el número de aulas habilitadas para la enseñanza digital, el número
de profesores que utilizan sistemas digitales, el número de procedimientos en línea y el nivel de conectividad en campus, etc.); la innovación (como por ejemplo, los acuerdos digitales interuniversitarios, las acciones de análisis del aprendizaje,
los repositorios multimedia, las competencias digitales en el personal docente, los itinerarios personalizados, etc.); y la gobernanza (como por ejemplo, un plan de transformación digital, las carteras de proyectos de digitalización, los planes de
formación en competencias digitales, etc.).
Las universidades facilitarán anualmente información de seguimiento mediante la certificación de su área de control interno.
La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.