Localizador
Inicio
Fin
Submedida Asociada
Observacións Subproxecto
Descrición
Decisor
Medida
Compoñente
Descrición Medida
C21.I06.P02.S16.S01
1T/2025
2T/2026
No hay submedidas asignadas a este/a subproyecto.
Ejecución del Plan de Producción de Microcredenciales universitarias por parte de la Universidad de Santiago de Compostela por un importe de 535.141,63€.
Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades
Plan para el desarrollo de microcredenciales universitarias. Impulsar una nueva oferta de microcredenciales universitarias, para la recualificación de la población adulta
mediante formaciones breves, flexibles, modulares, acumulables y orientadas a la adquisición de habilidades y competencias concretas requeridas en el ámbito laboral.
C21.I06.P02.S16 Xunta_de_Galicia_Microcredenciales_USC
Proxecto
Descrición da Decisión de Execución do Consello (CID)
Inversión 6 (C21.I6): Plan de desarrollo de microcredenciales universitarias
Esta inversión pretende desarrollar las capacidades del sistema universitario como instituciones de aprendizaje permanente y contribuir a la adquisición de habilidades y la recualificación de la población adulta, de conformidad con la
Recomendación del Consejo adoptada en junio de 2022 relativa a un enfoque europeo de las microcredenciales para el aprendizaje permanente y la empleabilidad.
El primer elemento de esta medida consistirá en la aprobación de un plan de acción encaminado a la creación de un marco para el desarrollo de microcredenciales elaboradas por el Ministerio de Universidades tras las consultas con las partes
interesadas y que se publicará en su sitio web. El plan englobará medidas para i) transformar las universidades en instituciones de aprendizaje permanente; ii) fomentar la demanda entre la población adulta y sus empleadores; iii) promover la
calidad y la pertinencia de las microcredenciales; iv) apoyar la igualdad de acceso; y v) crear vías de formación personalizadas y flexibles.
El segundo elemento de esta medida consistirá en la provisión de al menos 60 000 unidades de microcredenciales de menos de 15 ECTS y que correspondan a 1 000 acciones de formación diferentes como mínimo, incluida la posibilidad de
ofrecer más de una unidad a la misma persona adulta. Las acciones de formación proporcionarán conocimientos y competencias específicos requeridos en el ámbito laboral. La medida también incluirá la publicación en el sitio web del Ministerio
de Universidades de un informe de evaluación de la provisión de microcredenciales hasta el 31 de diciembre de 2025.
La ejecución de la medida deberá estar terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.
DNSH CheckList
1.- Mitigación del cambio climático
La medida tiene un impacto previsible nulo o insignificante sobre el objetivo medioambiental relacionado dada su naturaleza. En cualquier caso,
en todas las actuaciones que se apoye se incluirá una referencia específica a que no se subvencionarán o ayudarán aquellas actividades que
directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 (Reglamento de Taxonomía). El solicitante, asumirá, además, como obligación propia
durante la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicar significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del
Reglamento (UE) 2020/852.
Obxectivo Ambiental:
Avaliación DNSH
Evaluación Sustantiva
2.- Adaptación al cambio climático
La medida tiene un impacto previsible nulo o insignificante sobre el objetivo medioambiental relacionado dada su naturaleza. En cualquier caso,
en todas las actuaciones que se apoye se incluirá una referencia específica a que no se subvencionarán o ayudarán aquellas actividades que
directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 (Reglamento de Taxonomía). El solicitante, asumirá, además, como obligación propia
durante la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicar significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del
Reglamento (UE) 2020/852.
Obxectivo Ambiental:
Avaliación DNSH
Evaluación Sustantiva
3.- Utilización y protección sostenibles de los
recursos hídricos y marinos
La medida tiene un impacto previsible nulo o insignificante sobre el objetivo medioambiental relacionado dada su naturaleza. En cualquier caso,
en todas las actuaciones que se apoye se incluirá una referencia específica a que no se subvencionarán o ayudarán aquellas actividades que
directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 (Reglamento de Taxonomía). El solicitante, asumirá, además, como obligación propia
durante la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicar significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del
Reglamento (UE) 2020/852.
Obxectivo Ambiental:
Avaliación DNSH
Evaluación Sustantiva
4.- Economía circular, incluidos la
prevención y el reciclado de residuos
La medida tiene un impacto previsible nulo o insignificante sobre el objetivo medioambiental relacionado dada su naturaleza. En cualquier caso,
en todas las actuaciones que se apoye se incluirá una referencia específica a que no se subvencionarán o ayudarán aquellas actividades que
directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 (Reglamento de Taxonomía). El solicitante, asumirá, además, como obligación propia
durante la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicar significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del
Reglamento (UE) 2020/852.
Obxectivo Ambiental:
Avaliación DNSH
Evaluación Sustantiva
5.- Prevención y control de la contaminación
a la atmósfera, el agua o el suelo
La medida tiene un impacto previsible nulo o insignificante sobre el objetivo medioambiental relacionado dada su naturaleza. En cualquier caso,
en todas las actuaciones que se apoye se incluirá una referencia específica a que no se subvencionarán o ayudarán aquellas actividades que
directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 (Reglamento de Taxonomía). El solicitante, asumirá, además, como obligación propia
durante la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicar significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del
Reglamento (UE) 2020/852.
Obxectivo Ambiental:
Avaliación DNSH
Evaluación Sustantiva
6.-Protección y restauración de la
biodiversidad y los ecosistemas
La medida tiene un impacto previsible nulo o insignificante sobre el objetivo medioambiental relacionado dada su naturaleza. En cualquier caso,
en todas las actuaciones que se apoye se incluirá una referencia específica a que no se subvencionarán o ayudarán aquellas actividades que
directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 (Reglamento de Taxonomía). El solicitante, asumirá, además, como obligación propia
durante la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicar significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del
Reglamento (UE) 2020/852.
Obxectivo Ambiental:
Avaliación DNSH
Evaluación Sustantiva
Etiquetado Verde e Dixital
No hay Objetivos climáticos asignados a este/a subproyecto.
0
0
N/A - No aplica campo de intervención
0
Obxectivo Climático
%Contribución Climática:
%Contribución Ambiental:
Contribución do compoñente á transición ecolóxica (apartado 6 do documento compoñente):
Mecanismo Verificación Climatico (Regulamento UE 2021/241 do Parlamento Europeo):
Obxectivo Dixital:
%Contribución Dixital:
Contribución do compoñente á transición dixital (apartado 7 do documento compoñente):
Mecanismo Verificación Dixital (Regulamento UE 2021/241 do Parlamento Europeo):
Fitos e Obxectivos
C21.I06.P02.S16.S01.OBC01
Obxectivo Crítico
2T/2026
469 - Emisión de microcredenciales universitarias para adultos
El H/O CID no tiene mecanismo de verificación.
Localizador Fito/Obxectivo
Tipo
Data Cumprimento
Nome
Observacións
Mecanismo Verificación
Indicadores asociados
Tipo
Denominación
Valor Base
Valor Obxectivo
Unidade Medida
Indicador
Subp.
Act.
IND001469
Cualitativo
Emisión de microcredenciales universitarias para adultos
Pendiente de inicio
Finalizado
-
IND001469a
Cuantitativo
Número de unidades de microcredenciales de menos de 15 ECTS
0,000
642,000
Número